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¿Es necesaria una orden judicial para obtener información sobre la ubicación de una célula?

 

Carpenter contra Estados Unidos

El 5 de junio de 2017, la Corte Suprema de los Estados Unidos concedió una petición para escuchar un importante caso de la Cuarta Enmienda decidido por el Sexto Circuito, Carpenter contra Estados Unidos. Este caso decidirá si es constitucional que el gobierno recopile información de localización de sitios celulares sin obtener primero una orden judicial. Gracias a esta información, la policía puede situar a sospechosos en lugares concretos de un delito, así como rastrear los movimientos generales de cualquier persona durante meses.

El caso Carpenter surgió después de que la policía obtuviera información sobre la ubicación del teléfono móvil de Timothy Carpenter, y los fiscales utilizaran esa información para demostrar que Carpenter estuvo en determinadas escenas del delito de robo. Carpenter ha alegado que la policía debería haber obtenido una orden judicial antes de reunir esas pruebas. Ahora tendrá la oportunidad de exponer ese argumento ante el Tribunal Supremo de Estados Unidos.

Protecciones de la Cuarta Enmienda

La Cuarta Enmienda protege a todos los estadounidenses contra "registros irrazonables" y que "no se emitirán órdenes judiciales, sino por causa probable". Con pocas excepciones, siempre que un individuo tenga una expectativa razonable de privacidad, se requiere una orden judicial para el registro o incautación por parte del gobierno.

Información sobre la ubicación del emplazamiento de la célula

Hay dos cuestiones jurídicas importantes que el tribunal deberá determinar en este caso:

  1. ¿Constituye un "registro" según la Cuarta Enmienda la recopilación de datos de la red móvil? y, en caso afirmativo,
  2. ¿Tiene un individuo una expectativa razonable de privacidad cuando se trata de datos celulares, lo que requiere que el gobierno obtenga una orden judicial antes de obtenerlos?

Argumentos de las partes y precedente jurídico aplicable

El Gobierno argumenta que este tipo de vigilancia gubernamental sin orden judicial no viola la Cuarta Enmienda porque entra dentro de la bien establecida "doctrina de terceros". Según esta doctrina, cuando una persona revela voluntariamente información a un tercero, esa información deja de estar protegida. Según el Tribunal Supremo en el caso Smith contra Maryland"una persona no tiene ninguna expectativa legítima de privacidad en la información que entrega voluntariamente a terceros".

Por su parte, Carpenter y los defensores de la privacidad sostienen que la doctrina de terceros es obsoleta y no debería aplicarse a la información de localización de los teléfonos móviles. En concreto, argumentan que las personas no revelan voluntariamente su información de localización a las compañías de telefonía móvil. Por el contrario, esa información se transmite automáticamente, y muchas personas ni siquiera son conscientes de que esa información está siendo rastreada y almacenada.

Carpenter podría tener un gran impacto

Aunque este caso sólo se refiere a si el gobierno puede acceder a la información de localización de los sitios de telefonía móvil, las normas jurídicas que probablemente establezca el Tribunal se aplicarán a casi todos los tipos de vigilancia. Como escribió el profesor de Derecho Orin Kerr en el Washington Post, "no es exagerado decir que el futuro de la ley de vigilancia depende de cómo se pronuncie el Tribunal Supremo en el caso."

El Tribunal tendrá la tarea de modernizar la jurisprudencia de la Cuarta Enmienda estableciendo un nuevo marco sobre cuándo y cómo el gobierno puede recopilar datos personales de terceros. Si el Tribunal se pone de parte del gobierno, garantizará el derecho de éste a recabar información sobre las personas de bancos, proveedores de servicios de Internet, compañías telefónicas y cualquier otra empresa a la que una persona facilite voluntariamente información personal. Por otro lado, una sentencia a favor de Carpenter frenaría la vigilancia e inauguraría una nueva era de protecciones reforzadas de la Cuarta Enmienda. Queda por ver si el Tribunal protegerá la privacidad o se pondrá del lado de los intereses de las fuerzas del orden. En cualquier caso, este caso marcará un hito y, sin duda, lo seguiremos de cerca.

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