No revelación de DWIs en Texas
En 2017, Texas cambió la ley de no divulgación para permitir la no divulgación de DWI en Texas. Los estatutos que rigen la no divulgación de DWI son las Secciones 411.0716 y 411.0731 del Código de Gobierno. La ley se aplica retroactivamente, por lo que a cualquier primera vez DWI en Texas.
En DWI La ley de no divulgación ha sido bautizada como la "Ley de la Segunda Oportunidad". Una vez que un expediente ha sido declarado secreto, queda oculto a empleadores privados, bancos, apartamentos, etc. Las únicas personas que pueden ver un expediente que no ha sido divulgado son las agencias estatales de licencias y las fuerzas del orden.
A efectos de la no divulgación de DWI, "delito violento" significa uno de los siguientes:
- asesinato;
- asesinato capital;
- agravado secuestro;
- trata/tráfico continuado de personas;
- abandonar o poner en peligro un niño;
- violación/violación reiterada de determinadas órdenes judiciales o condiciones de fianza en un violencia familiarAgresión o abuso sexual, acoso o trata de seres humanos;
- acoso; o
- cualquier otro delito relacionado con la violencia familiar.
¿Es usted elegible para un DWI nondisclosure en Texas después de una sentencia de cárcel?
Es posible que pueda optar a la no divulgación de sus antecedentes. Veamos si ha cumplido el plazo de espera:
- Seleccione una de las siguientes opciones:
DWI No revelado pero no Olvidado
Una no divulgación sella la condena penal de una persona de la vista del público, pero no elimina la condena de su registro como lo haría una expugnación. Por lo tanto, aunque nondisclosure restringiria quien puede ver una condena penal, la condena todavia seria accesible a la aplicacion de la ley y todavia podria ser considerado un delito anterior si cualquier cargo futuro fuera presentado. Eso significa que independientemente de si un DWI es nondisclosed o no, un DWI posterior se verá reforzada sobre la base de la anterior.
Tenga en cuenta que la ley de no divulgación de DWI se aplica retroactivamente. Eso significa que si se cumplen otras condiciones, incluyendo los períodos de espera, las personas que tienen una primera vez DWI en su expediente puede ser elegible para una no divulgación.
Casos susceptibles de no divulgación
No todas las condenas por DWI son elegibles para la no divulgación, y ciertas condiciones deben cumplirse antes de que una orden de no divulgación puede ser concedida. Para ser elegible:
- Debe ser un delito menor de DWI por primera vez.
- La condena no puede haber sido por DWI BAC >/= .15
- El solicitante debe haber completado con éxito la libertad condicional por el delito y haber pagado todas las multas, costes y restitución O haber recibido una sentencia de cárcel y haber pagado todas las multas, costes y restitución impuestas.
- No debe haber habido ningún accidente en el que haya estado implicada otra persona, incluidos los pasajeros del propio vehículo del solicitante.
- La infracción no debe haber sido navegar en estado de embriaguez o volar en estado de embriaguez.
- El solicitante no debe tener ninguna condena anterior aparte de esta conducción bajo los efectos del alcohol.
- La solicitud no puede haber estado en libertad condicional aplazada por determinados delitos violentos o por cualquier delito que requiera el registro por delito sexual. No se tienen en cuenta las infracciones de tráfico previas sancionables únicamente con multa.
- La no divulgación sólo se concederá si el juez determina que la concesión de la no divulgación redundará en interés de la justicia.
Plazos de espera tras una condena condicional
Para las condenas de DWI elegibles, una persona puede solicitar al tribunal una orden de no divulgación sólo después de que se cumpla un período de espera establecido.
- Este período es de dos años si un individuo cumple con su sentencia de libertad condicional y tiene un dispositivo de enclavamiento en su vehículo durante al menos seis meses como condición de la libertad condicional.
- Si una persona no utiliza un dispositivo de bloqueo de encendido como condición de la libertad condicional, el período es de cinco años.
Plazos de espera tras una pena de cárcel
Para las condenas de DWI elegibles, una persona puede solicitar al tribunal una orden de no divulgación sólo después de que se cumpla un período de espera establecido.
- Este periodo es de tres años si el individuo tuvo un interlock durante seis meses como parte de su sentencia. Presumiblemente, esto significa que el juez ordenó la suspensión de su licencia, y la persona tuvo que tener el interlock como condición para obtener una licencia ocupacional. Debido a que el estatuto se refiere a una sentencia, tener el interlock puesto como condición de fianza no será suficiente.
- Si una persona no utilizó un dispositivo de bloqueo de encendido como condición de la libertad condicional, el período es de cinco años.
DWI Nondisclosure Posible si no tiene otros antecedentes penales
Usted no puede tener un DWI nondisclosed en Texas (después de aplazamiento, libertad condicional, o una condena) si (excluyendo el DWI) alguna vez ha sido condenado previamente o colocado en adjudicación diferida por cualquier cosa que no sea un delito de tráfico de Clase C. (Ver 411.0726(b)(3) y 411.0731(b)(2)).
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