Guía de defensa de menores de Texas
Guía completa para la defensa de menores en Texas
Navegar por las complejidades de la ley de menores en Texas puede ser un reto para los menores y sus familias. Esta guía completa para la defensa de menores en Texas proporciona una visión general de los aspectos clave del sistema de justicia de menores, desde la admisión inicial hasta la sentencia potencial, y ofrece enlaces a recursos adicionales para aquellos que buscan información más detallada.
¿Quién es un "niño" para el Tribunal de Menores de Texas?
El que un niño esté sujeto a la jurisdicción de un tribunal de menores depende de su edad. A efectos de la ley de menores, el Código de Familia de Texas define a un "niño" como una persona que es:
- 10 años o más y menos de 17; o
- Mayor de 17 años y menor de 18, que presunta o probadamente haya incurrido en conducta delictiva o conducta que indique la necesidad de supervisión como resultado de actos cometidos antes de cumplir los 17. (Código de Familia de Texas §51.02(2))
Un tribunal de menores normalmente pierde su jurisdicción para tratar cualquier caso de menores cuando una persona cumple 18 años. Aunque los niños menores de 10 años no pueden ser procesados por cometer delitos, el Departamento de Servicios para la Familia y de Protección (DFPS) puede prestar servicios a niños de hasta siete años que corren el riesgo de meterse en problemas y a las familias de los niños. (Código de Familia de Texas §264.302)
Delitos juveniles
Los delitos juveniles pueden clasificarse generalmente en conducta delictiva, conducta que indica la necesidad de supervisión y delitos de tráfico.
Conducta delictiva
Por conducta delictiva se entienden las acciones, distintas de las infracciones de tráfico, que infringen una ley penal de Texas o de los Estados Unidos y se castigan con pena de prisión o reclusión en una cárcel. (Código de Familia de Texas §51.03(a)(1))
Conducta que indica la necesidad de supervisión (CINS)
CINS implica acciones, distintas de las infracciones de tráfico, que incluyen:
- Huir
- Abuso de inhalantes
- Expulsión de la escuela
- Prostitución
- Sexting
(Código de Familia de Texas §51.03(b))
Infracciones de tráfico
En el caso de los menores, las infracciones de tráfico excluyen específicamente las infracciones susceptibles de cárcel, como las carreras en carretera. (Código de Familia de Texas §51.02(16))
Comprender la defensa de menores en Texas
La defensa de menores en Texas requiere un profundo conocimiento del marco legal del estado, que difiere significativamente del derecho penal de adultos. Los menores son tratados con el objetivo de rehabilitación en lugar de castigo, aunque los delitos graves pueden conducir a consecuencias graves.
Nuestra Abogado de Menores Certificado por la Junta de Fort Worth ha elaborado esta página para ayudarle a comprender los aspectos clave del sistema de justicia de menores.
Custodia de menores
Oficina de Tramitación de Menores
Si un agente de la autoridad decide detener a un menor, puede transportarlo a una oficina de tramitación de menores designada oficialmente, donde puede permanecer hasta seis horas. (§52.025(d), F.C.)
Motivos de detención permitidos
Un niño puede ser detenido en una oficina de procesamiento de menores sólo para:
- Devolución del niño a uno de sus padres o a otro adulto responsable
- Cumplimentación de formularios y registros esenciales
- Fotografía y toma de huellas dactilares del niño si se autoriza
- Amonestación al menor conforme a la ley
- Tomar declaración al niño (§52.025(b), F.C.)
Condiciones de detención
Una oficina de tramitación de menores es una sala de una comisaría de policía u oficina del sheriff utilizada para la detención temporal de un menor. No puede ser una celda o una instalación de detención utilizada para otros tipos de detenciones, y un niño no puede ser detenido durante más de seis horas. (§52.025, F.C.)
Derechos del niño y de los padres
Un niño no puede ser dejado sin vigilancia en una oficina de procesamiento de menores y tiene derecho a estar acompañado por uno de sus padres, tutor, custodio o abogado (§52.025(c), F.C.). (§52.025(c), F.C.) Los padres de un menor detenido tienen derecho a comunicarse en privado con él durante períodos razonables. (§61.103(a)(1), F.C.)
Transporte al centro de detención de menores
Si el menor no es entregado a los padres o al tutor, el agente de la ley debe transportar al menor al centro de detención de menores adecuado. Si el centro se encuentra fuera del condado, el agente que se encargó de la custodia del menor deberá transportarlo al centro fuera del condado. (§52.026(a) y (b), F.C.)
¿Cuándo puede ser detenido un menor?
La ley de Texas permite que un menor sea puesto bajo custodia, más allá de una detención inicial, en las siguientes circunstancias:
- En virtud de una orden del tribunal de menores
- En virtud de las leyes de detención
- Por un agente de la ley si existe causa probable para creer que el menor ha infringido una ley penal, ha cometido una conducta delictiva o ha violado la libertad condicional.
- Por un agente de libertad condicional si existe causa probable para creer que el menor ha infringido las condiciones de la libertad condicional.
- En virtud de una orden de detención (§52.01(a), F.C.)
Una orden de detención es una orden judicial que autoriza a las fuerzas del orden o a un agente de libertad vigilada a detener a un menor si existe una causa probable. La detención de un menor no se considera un arresto, por lo que un menor puede declarar sinceramente que nunca ha sido arrestado. (§52.01(b), F.C.)
¿Cuándo se puede tomar declaración a un menor?
Declaraciones o confesiones de menores
El Código de Familia contiene disposiciones específicas para tomar declaración a los menores sospechosos, que ofrecen protecciones especiales. Por ejemplo, un menor debe ser llevado a una oficina de procesamiento de menores sin demoras innecesarias y sin ser llevado antes a ningún otro lugar. (§52.02(a), C.F.)
Requisitos de notificación
La persona que detenga a un menor debe notificarlo inmediatamente a sus padres, tutor o guardián, y a la oficina designada por el consejo de menores. Si el menor está bajo tutela, las fuerzas del orden deben notificarlo al Tribunal Testamentario antes del primer día laborable tras la detención del menor. (§52.02(b), §52.011, F.C.)
Declaraciones escritas o confesiones
Antes de hacer una confesión por escrito, el menor debe recibir una advertencia de un magistrado sobre sus derechos, incluido el derecho a permanecer en silencio, el derecho a tener un abogado y el derecho a poner fin a la entrevista en cualquier momento. El magistrado debe asegurarse de que el menor renuncia voluntariamente a estos derechos. (§51.095(a)(1)(A), (C), F.C.)
Tras renunciar a sus derechos, el menor puede volver a la oficina de tramitación de menores para obtener una confesión por escrito. La confesión debe firmarse en presencia de un magistrado, sin que estén presentes las fuerzas del orden ni los abogados de la acusación. El magistrado debe certificar que el menor comprende y firma voluntariamente la declaración. (§51.095(a)(1)(B), (D), F.C.)
Declaraciones o confesiones grabadas
Si se graba la confesión, deben incluirse en la grabación las advertencias del magistrado y la renuncia del menor. El magistrado puede revisar la grabación para asegurarse de que es voluntaria y hacer constataciones por escrito. (§51.095(a-5), (f), F.C.)
Programa para Primeros Infractores
Requisitos y procedimiento
Un programa para primeros delincuentes no es sólo para los que delinquen por primera vez. Un menor que haya participado anteriormente y no haya sido remitido al tribunal puede ser remitido de nuevo. El programa es normalmente para casos que implican CINS o conducta delictiva, excluyendo delitos graves o delitos menores violentos. (§52.031(a), F.C.)
Los agentes deben remitir un escrito a la agencia, identificando al menor y los motivos de la custodia. El menor y los padres deben dar su consentimiento para participar, y el menor no puede ser retenido bajo custodia policial. (§52.031(e), (f), (g), F.C.)
Actividades y resultados del programa
La participación puede consistir en la restitución, la prestación de servicios a la comunidad, la formación profesional, la educación, el asesoramiento o la presentación de informes periódicos. Si se completa con éxito, el caso se cierra sin remisión al tribunal. Si el menor no supera el programa, será remitido al tribunal. Las fuerzas del orden pueden mantener un registro de la finalización con éxito para determinar la elegibilidad futura. (§52.031(j), §58.001(f), F.C.)
Criterios para detener a un menor
Resultados de las audiencias de detención
Después de una audiencia de detención, un menor debe ser puesto en libertad a menos que el juez considere que el menor:
- Es probable que se fugue
- Carece de supervisión adecuada
- Carece de un progenitor o persona que garantice la devolución judicial
- Es un peligro para sí mismo o para la seguridad pública
- Fue condenado anteriormente por conducta delictiva y probabilidad de reincidencia (§54.01(e), F.C.)
Condiciones de liberación
Las condiciones de la puesta en libertad deben constar por escrito y garantizar la comparecencia del menor ante el tribunal. Si se entrega a un adulto, éste debe garantizar la comparecencia del menor o enfrentarse a cargos por desacato. (§53.02(d), §54.01(f), F.C.)
El tribunal de menores puede ordenar al progenitor del menor que colabore en el cumplimiento de las condiciones de puesta en libertad, exigibles por desacato. Las órdenes iniciales de detención se extienden hasta el final del caso, pero no más de 10 días laborables, con posibilidad de prórroga en determinados casos. (§54.01(r), (h), F.C.)
Fases clave del proceso de justicia de menores
- Proceso de admisión de menores En proceso de admisión de menores es el primer paso tras la detención de un menor. Este proceso determina si el caso debe tratarse formal o informalmente.
- Audiencia de detención de menores A audiencia de detención se celebra para decidir si un menor debe permanecer detenido o ser puesto en libertad a la espera de nuevos procedimientos judiciales.
- Audiencia de Adjudicación Juvenil Similar a un juicio en un tribunal de adultos, un audiencia de adjudicación determina si el menor cometió el presunto delito.
Delitos juveniles comunes
Los menores pueden ser acusados de diversos delitos, desde infracciones leves a delitos graves.
- Robo en tiendas: Hurto de menores son frecuentes y pueden tener consecuencias a largo plazo.
- Asalto: Acusación de agresión a un menors son graves y requieren una defensa sólida.
- Delitos violentos: Cargos como asesinato capital juvenil requieren conocimientos jurídicos especializados.
- Vapear en Texas: Vaping entre los adolescentes es una preocupación creciente y puede dar lugar a problemas legales.
Derechos y protección de los menores
Comprender los derechos legales de un menor es esencial para garantizar un trato justo en el sistema judicial.
- Derecho a un abogado de menores: Los menores tienen la derecho a representación legal. Este derecho es crucial para navegar por el proceso legal.
- Interrogar a un menor: Las normas que rigen cómo la policía puede interrogar a menores están concebidas para proteger sus derechos, pero puede que no sean tan completas como usted espera.
Condenas y rehabilitación de menores
El objetivo del sistema de justicia juvenil es rehabilitar en lugar de castigar. Las penas pueden variar en función de la gravedad del delito y de los antecedentes del menor.
- Sentencias determinadas e indeterminadas: La ley de Texas incluye tanto penas determinadas e indeterminadas para menores.
- Enjuiciamiento diferido de menores: Esta opción permite alternativa al proceso formal de menores, ofreciendo a éstos una oportunidad de evitar una mancha en su expediente.
Programas y registros especializados
- Sellado de antecedentes penales Sellar un registro de menores puede proporcionar un nuevo comienzo al limitar quién puede acceder al registro. En muchos casos, podemos ayudarle a sellar un expediente de menores.
- Programas de remisión de menores Los programas de remisión tienen como objetivo alejar a los menores del sistema judicial mediante la rehabilitación y la educación. Los programas específicos del condado de Tarrant se detallan a continuación aquí.
- Programa para Primeros Infractores Este programa está diseñado para menores sin antecedentes penales y se centra en la prevención de futuros delitos. Más información sobre el Programa para Primeros Infractores del Condado de Tarrant aquí.
Consideraciones adicionales
- Conducta que indica la necesidad de supervisión: Algunos comportamientos, aunque no sean delictivos, indican que un menor necesita supervisión. Más información sobre este tema aquí.
Conclusión
La defensa de menores en Texas abarca un amplio espectro de leyes, derechos y procesos diseñados para rehabilitar a los delincuentes juveniles al tiempo que garantiza la protección de sus derechos. Si su hijo está pasando por el sistema de justicia juvenil en el norte de Texas, llámenos al 817-203-2220. Nosotros le podemos ayudar.