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órdenes de protección de emergencia en Texas

Órdenes de protección

Una orden de protección es una orden judicial dictada para poner fin a actos continuados de violencia familiar, trata de seres humanos o acoso.

Violencia familiar

Según el Código de Familia, la violencia familiar incluye:

  • Acto cometido por un miembro de la familia o del hogar contra otro miembro de la familia o del hogar con la intención de causarle daños físicos;
  • Amenaza de un miembro de la familia o del hogar contra otro miembro de la familia o del hogar que le hace temer razonablemente un daño físico;
  • Abuso de un niño de la familia o del hogar; o
  • Violencia de pareja.

Violencia en las citas

La sección §71.0021 del Código de Familia establece que la violencia en el noviazgo es:

  • Un acto cometido por un actor contra una víctima o un solicitante de una orden de protección con la intención de causar daños físicos; o
  • Una amenaza que haga temer razonablemente a la víctima o al solicitante un daño físico inminente.

Esto incluye los actos cometidos contra personas casadas o que salgan con una persona con la que el actor haya estado casado o haya salido. Las relaciones de noviazgo deben tener o haber tenido un carácter romántico o íntimo continuado. Tex. Fam. Code Ann. § 71.0021 (Oeste).

Tipos de órdenes de protección

Hay tres tipos de órdenes: órdenes temporales ex parte, órdenes de protección permanentes y órdenes de protección de emergencia.

¿Qué son las órdenes provisionales ex parte?

Una orden temporal ex parte tiene una duración máxima de 20 días y puede prorrogarse otros 20 días previa solicitud. Tex. Fam. Code § 83.002. Para emitir una orden de protección temporal, el juez debe determinar que existe un peligro claro y presente de violencia familiar para el solicitante o un miembro de la familia. Tex. Fam. Code § 83.002.

¿Qué son las órdenes de protección permanentes?

Una orden de protección permanente suele durar hasta dos años, pero el juez puede dictar una orden de más de dos años si:

  • El agresor causó lesiones corporales graves al solicitante o a su familia u hogar; o
  • El mismo solicitante ha tenido dos o más órdenes de protección emitidas contra el mismo maltratador en el pasado y en ambos casos el juez consideró que el maltratador había cometido violencia familiar y era probable que cometiera violencia familiar en el futuro.
    Tex. Fam. Code § 85.025(a-1).

¿Qué son las órdenes de protección de urgencia?

Una orden de protección de emergencia es una orden emitida por el tribunal penal después de que un agresor es arrestado por cometer violencia familiar, agresión sexual o acoso. Texas C.C.P. Art. 17.292(a). Una EPO suele tener una validez de entre 31 y 61 días. La EPO puede durar entre 61 y 91 días si el agresor fue arrestado por agresión con arma mortal. Tex. C.C.P. Art. 17.292(j).

¿Cómo se obtiene una orden de protección?

Las órdenes temporales ex parte y las órdenes permanentes son emitidas por un tribunal civil y pueden obtenerse presentando una solicitud ante el secretario del tribunal. Las órdenes de protección de emergencia son emitidas por el tribunal penal. En el caso de una EPO, el juez emitirá la orden si hay implicadas lesiones físicas graves o el uso de un arma mortal. Tex. C.C.P. Art. 17.292(a) & (b). Las siguientes personas pueden solicitar una orden de protección:

  • Miembro adulto de una familia u hogar;
  • Cualquier adulto para la protección de un niño;
  • Un fiscal; o
  • Departamento de Servicios Humanos y Reglamentación.

Tex. Fam. Code § 82.002. C.C.P. de Texas, art. 17.292(a).

Obtener una Orden de Protección en el Condado de Tarrant

Para solicitar una orden de protección en el condado de Tarrant, tanto el solicitante como el agresor deben vivir en el condado de Tarrant. El solicitante puede comunicarse con la oficina de órdenes de protección al (817) 884-1623 entre las 7:45 a.m. y las 5:30 p.m., de lunes a viernes.

Un cuestionario de orden de protección debe ser completado antes de que los abogados de orden de protección puedan tomar la determinación de presentar una solicitud de orden de protección. Una vez revisado, se comunicará al solicitante si se va a presentar una solicitud de orden de protección. Se puede obtener una copia impresa del cuestionario llamando al número arriba indicado o enviando un correo electrónico a pounit@tarrantcountytx.gov.

Contactos para órdenes de protección de emergencia:

Para emergencias, llame al 911.

Policía de Fort Worth Asistencia a Víctimas 817-392-4390

Fiscal de distrito del condado de Tarrant Órdenes de protección 817-884-1623

Fiscal del distrito del condado de Tarrant Asistencia a las víctimas 817-884-2740

Albergue de emergencia de Arlington 817-460-5566

Centro de recursos de Arlington 817-548-0583

Alianza en favor de la Infancia 817-427-3110

Agencia de la Tercera Edad 817-258-8081

Ayuda Jurídica del Norte de Texas 817-336-3943

Salud Mental / Retraso Mental 817-335-3022

Fiscalía del Condado de Tarrant Casos de delitos graves 817-884-1400

Tarrant County District Attorney Casos de delitos menores 817-884-3535

Women's Center of Tarrant County Crisis por violación 817-927-2737

Servicios a las víctimas 817-927-4039

Refugio de emergencia Safe Haven FW 817-535-6464

Fort Worth Counseling Center 817-536-5496

Centro de crisis y suicidio 800-692-4039

Línea directa para jóvenes de Texas 800-210-2278

Policía de Richland Hills Asistencia a Víctimas: 817-616-3780

Departamento de Policía de North Richland Hills: 817-427-7007

Departamento de Policía de Haltom City Asistencia a Víctimas: 817-222-7071

Departamento de Policía de Watauga Asistencia a Víctimas: 817-514-5870

¿Qué pasa si hay una OEP contra mí?

Para proteger a la víctima, el magistrado que dicta la OEP puede ordenar al detenido que no lo haga:

  • Cometer violencia familiar;
  • Acechar a otra persona, incluida la víctima;
  • Comunicarse directa o indirectamente de forma amenazadora con un miembro de la familia o del hogar de la víctima; o
  • Acercarse a la residencia, lugar de trabajo, domicilio, colegio o guardería de la víctima o de un miembro de su familia u hogar.

Además, el magistrado también puede ordenar que el acusado participe en un sistema de control de posicionamiento global (seguimiento GPS).

Además, la orden suspenderá la licencia de armas ocultas del demandado y le prohibirá poseer un arma de fuego mientras dure la orden.

La OEP no obliga al acusado a mantenerse alejado de la víctima, pero sí le prohíbe ir a los lugares enumerados anteriormente o acercarse a ellos. Para que quede claro, las disposiciones se aplican a lugares, no a personas.

En cuanto a la comunicación con la víctima, no se prohíbe al acusado comunicarse con la víctima o con miembros de su familia o de su hogar. Pero puede prohibirse la comunicación de forma amenazadora o acosadora, ya sea directa o indirectamente.

¿Puede la víctima conseguir que le levanten la OEP?

La mayoría de los jueces no permitirán que una víctima levante una OEP. Sencillamente, no van a arriesgarse a poner a la víctima en peligro. Si ocurriera algo después de que un juez levantara una OEP mientras un caso penal estaba pendiente, el resultado podría afectar a la permanencia del juez en el banquillo. Entienda que por mucho que una víctima quiera que se levante la OEP, las posibilidades de que se levante mientras hay un caso penal pendiente son escasas o nulas.

La modificación de una OEP puede ser posible, pero es una propuesta costosa y pocos solicitantes obtienen el alivio que buscan. Comprenda también que las condiciones de una OEP son independientes de las condiciones de la fianza. Las condiciones de la fianza y las condiciones de la OEP las establecen jueces diferentes en tribunales diferentes.

Con el fin de maximizar sus posibilidades de tener la EPO levantado, usted querrá:

  • Ver primero si la causa penal puede resolverse. Si la causa penal se desestima o no se imputa, sus posibilidades de obtener una exención en la OEP son considerablemente mayores.
  • Para que su abogado averigüe si la víctima firmará una Declaración Jurada de No Enjuiciamiento o una Moción para Modificar la Orden de Protección.
  • Pida a su abogado que se ponga en contacto con el tribunal municipal y solicite una Modificación de la Orden de Protección. Esto generalmente no es parte de la representación penal de su caso de agresión, por lo que querrá hablar con su abogado sobre cuánto costará presentar esta moción y cualquier costo de una audiencia si el tribunal requiere una audiencia sobre la moción.

¿Qué ocurre si incumplo una orden de protección?

El quebrantamiento de una orden de protección puede tipificarse como delito menor de clase A o -en determinadas circunstancias- como delito grave de tercer grado.

En general, la violación de una orden de protección es un delito menor de clase A punible con:

  • Una multa de hasta 4.000 dólares;
  • Reclusión en prisión durante un máximo de un año; o
  • Ambas cosas.

Sin embargo, la violación de una orden de protección puede constituir un delito grave de tercer grado castigado con una pena de prisión de entre dos y diez años. Además, también se puede imponer una multa de hasta 10.000 dólares. Para que la violación sea un delito grave, debe demostrarse en el juicio del delito que:

  • El demandado ha tenido al menos dos condenas previas por violación o violación reiterada de una orden de protección; o
  • El acusado ha violado la orden o una condición de la fianza cometiendo una agresión o el delito de acoso.
    Tex. Pen. Code §25.07(g).

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