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Sentencias penales federales y reductores de penas

Reductores federales de penas

Si ha leído nuestra introducción al derecho penal federal, tiene una comprensión básica de cómo funcionan las sentencias en el sistema federal. Mientras que las directrices de sentencia consultivas pueden requerir sentencias duras para la mayoría de los delitos, hay un número limitado de maneras de reducir una sentencia impuesta por el tribunal. 18 USC 3553(a) establece una serie de factores que un tribunal debe tener en cuenta al imponer una sentencia. Más información sobre los reductores de penas federales.

La sección 3553(a)(1) exige que el tribunal considere igualmente:

  • la naturaleza y circunstancias del delito y los antecedentes y características del acusado;
  • los tipos de sentencias disponibles;
  • los tipos de condena y la escala de penas;
  • cualquier declaración política pertinente emitida por la Comisión de Sentencias;
  • la necesidad de evitar disparidades injustificadas de penas entre acusados con antecedentes similares que han sido declarados culpables de conductas similares; y
  • la necesidad de indemnizar a las víctimas del delito.

Además, el artículo 3553(a)(2) exige que la pena impuesta:

  • reflejar la gravedad de la infracción, promover el respeto de la ley y establecer un castigo justo para la infracción;
  • para disuadir adecuadamente las conductas delictivas;
  • proteger al público de nuevos delitos del acusado; y
  • proporcionar al acusado la formación educativa o profesional, la atención médica u otro tratamiento correccional necesarios de la manera más eficaz.

Hay un número limitado de formas de reducir una condena basadas en exenciones legales o a través de programas de rehabilitación. A continuación se describen las reducciones de pena más significativas en el sistema federal.

(1) Válvula de seguridad según 18 U.S.C. 3553(f)

Una "válvula de seguridad" es una excepción a las leyes de condena mínima obligatoria. Un acusado que cumple los criterios está exento de cualquier sentencia mínima legal de encarcelamiento y plazo mínimo legal de libertad supervisada. Las válvulas de seguridad se aplican a diversos delitos y delincuentes, siempre que el delincuente cumpla determinadas condiciones.

Requisitos:

  • El acusado no tiene más de 1 punto de antecedentes penales, según lo determinado por las directrices para la imposición de penas;
  • El acusado no utilizó la violencia o amenazas creíbles de violencia ni poseyó un arma de fuego u otra arma peligrosa (ni indujo a otro participante a hacerlo) en relación con el delito;
  • El delito no causó la muerte ni lesiones corporales graves a ninguna persona;
  • El acusado no era un organizador, líder, gerente o supervisor de otros en el delito, según lo determinado por las directrices de sentencia y no estaba involucrado en una empresa criminal continua, tal como se define en la Ley de Sustancias Controladas; y
  • A más tardar en el momento de la audiencia de imposición de pena, el acusado ha facilitado verazmente al Gobierno toda la información y pruebas de que dispone en relación con el delito o delitos que formaban parte de la misma línea de conducta o de un plan o esquema común.
  • Se aplica a las condenas en virtud de los artículos 841, 844, 846, 960 o 963 del título 21 del U.S.C.

(2) Asistencia sustancial según 18 U.S.C. 3553(e)

El tribunal tiene autoridad para imponer una sentencia por debajo del nivel establecido por la ley como sentencia mínima para reflejar la ayuda sustancial de un acusado en la investigación o enjuiciamiento de otra persona que haya cometido un delito. No hay límite a la reducción de esta sentencia, basada en la evaluación del tribunal de la asistencia del delincuente.

Razones apropiadas para la reducción determinada por el tribunal:

  • La evaluación por el tribunal de la importancia y utilidad de la ayuda prestada por el acusado, teniendo en cuenta la evaluación por el gobierno de la ayuda prestada;
  • La veracidad, integridad y fiabilidad de cualquier información o testimonio proporcionado por el acusado;
  • La naturaleza y el alcance de la asistencia del acusado;
  • Cualquier lesión sufrida, o cualquier peligro o riesgo de lesión para el demandado o su familia resultante de su asistencia;
  • La oportunidad de la asistencia del demandado.

Si el acusado proporciona ayuda sustancial al gobierno después de su sentencia, mientras el gobierno está investigando o procesando a otra persona, el acusado es elegible a discreción del tribunal para una reducción de su sentencia a un nivel por debajo de la sentencia mínima establecida por el estatuto.

Se puede presentar una moción para reducir la pena más de un año después de la sentencia declarando que la ayuda sustancial del acusado consistió en: información no conocida por el acusado hasta un año después de la sentencia, información proporcionada por el acusado dentro del año de la sentencia pero que no fue útil hasta más de un año después, o información que el acusado no previó que sería útil hasta más de un año después de la sentencia, fue proporcionada al gobierno después de que se dio cuenta de su utilidad.

(3) Programa Residencial de Abuso de Drogas (RDAP) según 18 U.S.C. § 3621

La rehabilitación de drogodependientes es un programa de tratamiento para acusados elegibles que, según la Oficina Federal de Prisiones (BOP), tienen un problema de abuso de sustancias y están dispuestos a participar en un programa residencial de tratamiento de abuso de sustancias. El Programa Residencial de Abuso de Drogas (RDAP) es un programa intensivo de seis meses. El acusado debe haber sido condenado por un delito no violento y no tener órdenes de detención o retenciones del INS para ser elegible para la rehabilitación.

Tras completar con éxito el programa de tratamiento, el periodo de custodia puede ser reducido por el BOP hasta en un año; la reducción de la condena queda a discreción del Director del BOP.

(4) Crédito por buen tiempo según 18 USC 3624

La reducción de la "buena condena" fomenta y recompensa la rehabilitación y desalienta el incumplimiento de las normas en las prisiones. Las reducciones de tiempo libre quedan a discreción de la Oficina de Prisiones. Un preso federal puede obtener 54 días de crédito por cada año que cumpla de condena.

Derecho a la reducción por tiempo de servicio:

  • El acusado cumple una pena de prisión superior a un año e inferior a cadena perpetua.
  • El acusado, según lo determinado por el BOP, ha demostrado un cumplimiento ejemplar de las normas disciplinarias institucionales.
  • El BOP considera si el preso está progresando satisfactoriamente hacia la obtención de un diploma de escuela secundaria o un título equivalente.
  • El acusado puede recibir un crédito, más allá del tiempo cumplido, de hasta 54 días, por año, por cada año cumplido de la sentencia a discreción del BOP.

(5) Centros residenciales de reinserción conforme a 18 U.S.C. § 3624

Un acusado puede ser liberado de la prisión a un centro de reinserción social hasta 12 meses antes de la fecha de expiración de la condena, a discreción de la BOP y de la disponibilidad de centros de reinserción social.

La puesta en libertad en un centro de reinserción social se determina de forma individual. El tiempo que se concede al acusado para pasar en el centro de reinserción social debe ser de duración suficiente para proporcionar la mayor probabilidad de éxito en la reintegración en la comunidad. Durante su estancia en el centro de reinserción, el acusado permanece bajo custodia federal y es vigilado las 24 horas del día.

Para determinar si procede o no poner en libertad a un preso en un centro de reinserción social, el BOP tendrá en cuenta lo siguiente antes de tomar una decisión:

  • Los recursos de la instalación en cuestión;
  • La naturaleza y las circunstancias del delito;
  • Historia y características del preso;
  • Cualquier declaración del tribunal que impuso la condena relativa a los fines para los que se determinó que estaba justificada la pena de prisión u otras recomendaciones; y,
  • Cualquier declaración policial pertinente emitida por la Comisión de Sentencias de Estados Unidos.

Los siguientes reclusos no pueden optar a un ingreso en un centro de reinserción social:

  • Los que tienen asignado un factor de seguridad pública de "delincuente sexual" (aunque a los condenados por posesión de pornografía infantil se les permite ir a centros de reinserción social).
  • Los que tienen asignado un factor de seguridad pública de "extranjero deportable".
  • Los que requieran tratamiento médico, psicológico o psiquiátrico en régimen de hospitalización.
  • Los que se nieguen a participar en el Programa de Responsabilidad Financiera de los Reclusos.
  • Aquellos que se nieguen a participar, se retiren, sean expulsados o no cumplan los requisitos de asistencia y examen en un curso obligatorio de educación sobre el abuso de drogas.
  • Aquellos con cargos pendientes no resueltos, u órdenes de retención, que probablemente conduzcan a la detención, condena o confinamiento.
  • Normalmente, los que cumplen condenas de seis meses o menos.
  • Los que se nieguen a participar en el Programa de Preparación para la Excarcelación Institucional.
  • Aquellos que supongan una amenaza significativa para la comunidad (por ejemplo, reclusos con infracciones disciplinarias reiteradas que impliquen violencia o evasión).
  • Presos preventivos, retenidos o detenidos.

Acuerdos de la Norma 35

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