Extradición: ¿Qué ocurre cuando se retiene a un fugitivo?

Extradición: Comprender el proceso de extradición

A pesar de ser un hecho común, pocas personas (incluso abogados) entienden lo que ocurre cuando se impone a una persona una detención por fuga, lo que la hace susceptible de ser retenida para su extradición a otro Estado.

¿Qué es una extradición?

El término "extradición" significa el traslado de una persona a otra jurisdicción basado en la alegación de que se ha producido un delito en esa jurisdicción. La extradición incluye el derecho a que se celebre una vista para determinar si debe producirse o no el traslado.

¿Qué significa renunciar a la extradición?

"Renunciar a la extradición" significa renunciar al derecho a esa audiencia y aceptar ser trasladado a la jurisdicción demandante.

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Leyes de extradición

La extradición tiene su fundamento en nuestra Constitución. El Artículo IV, Sección 2, Cláusula 2 de la Constitución de los Estados Unidos establece: Una persona acusada en cualquier estado de traición, delito grave u otro crimen, que huya de la justicia y sea encontrada en otro estado, será entregada, a petición de la autoridad ejecutiva del estado del cual huyó, para ser trasladada al estado que tenga jurisdicción sobre el crimen.

La Ley Uniforme de Extradición Penal (Uniform Criminal Extradition Act) regula las extradiciones entre Estados. Según la ley federal (18 USC 3182, la "Ley de Extradición") cualquier estado o territorio puede reclamar a una persona de otro estado o territorio con una acusación certificada por el gobernador del estado demandante del que supuestamente huyó la persona. Es entonces responsabilidad del estado demandante enviar un agente al estado de asilo para recoger al fugitivo en un plazo de 30 días. Si el agente no llega, el preso "puede" ser puesto en libertad. La mayoría de los estados conceden un plazo adicional para extraditar a los presos, normalmente 60 días más.

En Texas, puede encontrar la Ley Uniforme de Extradición Penal en el Capítulo 51 del Código de Procedimiento Penal. Es más estrecha que la ley federal en algunos aspectos, y más amplia en otros. Es algo más limitada que la ley federal en el sentido de que sólo se refiere a delitos graves o cargos de traición de otros estados, no a delitos menores. Por otra parte, es más amplia que la ley federal en el sentido de que no es necesaria una acusación para mantener a una persona en calidad de fugitiva.

extradición en Texas¿Cuándo está una persona generalmente sujeta a extradición?

Fugitivos

Primero: se basa en una alegación de que la persona está acusada (pero no condenada) de un delito en otro Estado. Como ya se ha dicho, esto está cubierto por la Ley Uniforme de Extradición Penal (UCEA). A estos individuos se les suele llamar fugitivos de la justicia. Este término puede ser confuso porque la persona buscada probablemente no tiene ni idea de que el Estado demandante la busca. No tendrían noticia de una orden de detención y, en algunos casos, puede que ni siquiera sepan que han sido investigados. Piense en el término "fugitivo" como una ficción legal que permite a un estado retener legalmente a una persona para otro estado basándose en la petición de ese otro estado que alega que se ha violado una ley.

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Infractores de la libertad condicional

Segundo - basado en una presunta violación de la libertad condicional. Esto se rige por el Pacto Interestatal para la Supervisión de Delincuentes Adultos (ICAOS), que se encuentra en el Código de Gobierno Capítulo 510 en Texas.

Presos extrajudiciales

Tercero: si está cumpliendo una pena de prisión en otro lugar, pero se le quiere juzgar en otro estado. Esto está contemplado en la Ley de Acuerdos Interestatales sobre Detenciones.

Renuncia a la extradición

Un preso puede renunciar a la extradición. Esto significa que el preso renuncia a su derecho a una audiencia de extradición. En otras palabras, el preso quiere ser devuelto al Estado requirente. Si renuncia a la extradición, el estado demandante sólo tiene 30 días para venir a buscarle. Generalmente, sólo un juzgado de primera instancia puede celebrar una vista sobre la renuncia a la extradición, pero en determinadas circunstancias, un juez de paz también puede celebrar la vista. Una persona también puede renunciar a la extradición para negociar una condena menor en el Estado demandante. Por último, una persona puede renunciar a la extradición porque no quiere pasar hasta 90 días bajo custodia esperando a ver si se consigue una orden del Gobernador. La renuncia a la extradición debe hacerse por escrito. Antes de que un preso firme una renuncia, debe ser informado de su derecho a exigir una orden del Gobernador y de su derecho a presentar un recurso de habeas corpus. Tras recibir la información sobre sus derechos, el acusado puede renunciar a la extradición declarando por escrito que consiente en ser devuelto al Estado acusador, y firmando el escrito en presencia de un magistrado autorizado para celebrar vistas de renuncia a la extradición.

Lucha contra la extradición

Supuesto 1: Detención de un fugitivo sin orden de búsqueda y captura

Un agente de la autoridad o un particular pueden efectuar una detención sin orden judicial basándose en "información razonable" de que la persona está acusada en otro estado de un delito grave. Esa persona detenida debe ser llevada ante un juez con "toda la celeridad posible" y debe presentarse una denuncia que establezca los motivos de la detención.

Una vez que se ha presentado una denuncia, si el magistrado determina que la persona es un fugitivo de la justicia y el preso se encuentra ahora dentro de su jurisdicción, el magistrado emitirá una orden para detener al preso como fugitivo de la justicia. El magistrado puede tomar esta determinación basándose en una copia certificada de una denuncia o acusación o el juez puede celebrar una vista. En esta vista, el preso puede impugnar la identidad, así como los demás elementos de la denuncia.

Para detener a alguien en Texas, un magistrado debe ser notificado por denuncia de que una persona ha cometido presuntamente un delito en otra jurisdicción y ha huido. La denuncia debe exponer:

  • el nombre del acusado;
  • el Estado del que ha huido el acusado;
  • el delito cometido por el acusado;
  • que el acusado ha huido a este estado desde el estado que solicita la
    devolución; y
  • que el acto que supuestamente ha cometido el acusado constituye una violación de la legislación penal del Estado del que ha huido.

Si el magistrado determina que la denuncia es suficiente, el preso puede permanecer detenido hasta 30 días en la cárcel del condado por orden del magistrado en Texas. Esto no es una "orden del Gobernador". Es una fugitivo de la justicia de la justicia.

El magistrado puede fijar una fianza para garantizar la libertad de la persona en lugar de su internamiento, pero sólo si el presunto delito no está castigado con cadena perpetua o pena de muerte en el Estado acusador.

La sección 17 del Código de Procedimiento Penal 51.13 permite al magistrado internar a la persona hasta 60 días más. En otras palabras, el juez tiene la facultad discrecional de a) ponerle en libertad si considera que la denuncia es insuficiente, b) retenerle si considera que la denuncia es satisfactoria, o c) ponerle en libertad bajo fianza aunque la denuncia sea satisfactoria, como veremos más adelante.

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Supuesto 2: Detenido en virtud de una orden de detención contra un fugitivo

Por lo general, cuando usted tiene un encuentro con las fuerzas del orden, le buscarán en el Centro Nacional de Información sobre Delitos (NCIC), que es una base de datos de delincuentes de ámbito nacional. Si se presenta con una orden de detención de otro estado, la orden generalmente dirá si el otro estado quiere extraditarle o no.

Una vez detenido, se le impondrá una "retención de fugitivo". Si del examen realizado por el magistrado se desprende que el acusado es la persona acusada de haber cometido el delito que se le imputa y que ha huido de la justicia, el magistrado deberá internar al acusado en la cárcel del condado durante un tiempo determinado, que no excederá de 30 días.

Una vez que se ha determinado que una persona es prófuga de la justicia (tanto si la detención se inició por denuncia como por orden judicial), el magistrado debe notificarlo al Secretario de Estado y a la Fiscalía, de conformidad con el Código de Procedimiento Penal 51.06. El Fiscal y el Secretario de Estado deben notificar entonces al Gobernador del Estado demandante para que facilite una orden judicial al Estado que retiene al prófugo. A continuación, el Fiscal y el Secretario de Estado deben notificar al Gobernador del Estado requirente para que facilite una orden del Gobernador al Estado que retiene al fugitivo.

Si no se ha dictado una orden de detención del Gobernador en el plazo inicial de 30 días, el magistrado puede poner en libertad al acusado o volver a imputarle por un período no superior a 60 días.

Escenario 3: Obtención de la orden del Gobernador

Por lo general, si el Estado demandante pasa por el aro adecuado a tiempo, podrá obtener una orden del Gobernador. La parte "a tiempo" es a veces el obstáculo más difícil de superar. Véase Puerto Rico vs. Brandstand (1987) para conocer las únicas razones por las que un Gobernador puede denegar la extradición. Estas son: 1) los documentos del Estado requirente no están en regla 2) la persona no está acusada de un delito en el Estado requirente 3) la persona no figura en los documentos del Estado requirente, o 4) la persona no es un fugitivo. Una vez emitida la Orden del Gobernador, el mecanismo para luchar contra la extradición es el recurso de hábeas corpus.

Supuesto 4: Violación de la libertad condicional fuera del Estado

El Pacto Interestatal para la Supervisión de Delincuentes Adultos (ICAOS) rige a los infractores de la libertad condicional y la libertad vigilada. Si se emite una orden de detención en virtud del ICAOS, el preso no tiene derecho a fianza.

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Supuesto 5: Detención de un preso de otro Estado

El Interstate Agreement on Detainers Act es un pacto entre Estados Unidos y los estados. Este acuerdo permite a los fiscales de una jurisdicción obtener la presencia de acusados encarcelados en otras jurisdicciones para ser juzgados antes de que expiren sus condenas. Tex. Code Crim. Proc. Ann. art. 51.14 Después de que el fiscal presente una orden de detención contra un preso, éste puede solicitar la rápida resolución de los cargos en virtud del artículo III de la IADA. Una vez notificada la solicitud del preso, el fiscal dispone de 180 días para llevar al preso a juicio. Si el fiscal sobrepasa esos 180 días, los cargos se desestiman sin perjuicio y la orden de detención pierde su validez.

Fianzas de fugitivos en Texas

Texas también permite que se fije una fianza de extradición "por la cantidad que el magistrado considere razonable" liberando al individuo para que comparezca ante el magistrado en un momento posterior. El periodo durante el cual la persona puede estar sujeta a la fianza es de 90 días. La fianza estará condicionada tanto al regreso en una fecha futura como a la emisión de una orden del Gobernador. No puede obtener una fianza en un caso de fugitivo en Texas si se enfrenta a una sentencia de cadena perpetua o de muerte.

Retenciones fuera del país

Si una persona es detenida en un condado por una orden de detención procedente de otro condado, la persona será conducida a la cárcel del condado en el que fue detenida. Los artículos 15.19-21 del Código de Procedimiento Penal establecen que una persona puede ser retenida durante 10 días para que el condado donde se cometió el delito la detenga. Si ese condado no lo hace, la persona debe ser puesta en libertad bajo fianza personal.

Indemnización de daños y perjuicios por violación de la Ley Uniforme de Extradición Penal

Un fugitivo puede ser retenido por un máximo de 90 días por una orden de detención de fugitivos en Texas. Si el fugitivo no es detenido en ese tiempo, el preso debe ser puesto en libertad. Retenerlo más tiempo es una violación de la Ley Uniforme de Extradición Criminal. Una violación de la UCEA puede convertirse en la base de una demanda civil federal en virtud de 1983. Esto se debe a que los tribunales federales reconocen la causa de acción de una "violación de derechos protegidos por la ley estatal derivada de la ley federal".

¿Retención de fugitivo? Póngase en contacto con un abogado experto.

Si un ser querido tiene una "retencion de fugitivo" es importante ponerse en contacto con un abogado experto en defensa criminal para averiguar las opciones legales y la mejor manera de proceder. Llámenos al (817) 203-2220.

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